Condenan miembros del Ejército, entre ellos 2 generales, por la incineración de archivos de la dictadura Se trata de la destrucción de archivos microfilmados y documentos de la Central Nacional de Informaciones, CNI, correspondientes al periodo 1980-1982, cuyo contenido fue destruido a comienzos del 2000 y que contenía información relevante para el esclarecimiento de procesos de violaciones a los derechos humanos que se investigaban en la justicia; así como operaciones de inteligencia orquestadas contra el ex Presidente Eduardo Frei Montalva.
La ministra en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, dictó sentencia de primera instancia y condenó a tres ex miembros del Ejército, entre ellos a dos generales, por su responsabilidad en la destrucción de archivos de organismos de inteligencia y contrainteligencia de la institución, perpetrado entre los años 2000 y 2001, al interior de la Escuela de Inteligencia del Ejército de Chile, ubicada en la localidad de Nos, comuna de San Bernardo.
La magistrada condenó al ex general de brigada del Ejército Eduardo Jara Hallad y a la teniente coronel Mercedes del Carmen Rojas Kuschevich, a 3 años y un día de reclusión menor en su grado máximo, como autores del delito de infidelidad de custodia de documentos con grave daño a la causa pública. Mientras que el ex general de división del Ejército Carlos Chacón Guerrero fue condenado a 200 días de reclusión, en calidad de encubridor del mismo delito.
A todos se les condena, además, al pago de 21 UTM mensuales y se les concede el beneficio de modificar el cumplimiento por libertad vigilada.
De acuerdo a la investigación, se trata concretamente de la destrucción mediante incineración de archivos microfilmados de la Central Nacional de Informaciones, CNI, correspondientes al periodo 1980-1982, mantenidos bajo custodia en la Dirección de Inteligencia del Ejército, DINE, y que fueron quemados a comienzos del 2000, en el marco del desarrollo de la “Mesa del Diálogo”, instancia que reunió a los estamentos más representativos de la sociedad nacional y que incluyó representantes de las instituciones civiles, militares y religiosas, cuya finalidad fue justamente esclarecer la verdad respecto a lo ocurrido con víctimas de crímenes o delitos de lesa humanidad cometidas por agentes estatales durante la dictadura, con especial énfasis en el destino de detenidos desaparecidos.
Los antecedentes que resultaron eliminados, de acuerdo al fallo, contenían información clave del cómo operaba la CNI, organismo que se encargó de perseguir, detener, secuestrar, torturar, desaparecer y/o asesinar a opositores a la dictadura militar en aquella época, lo que pudo ser información relevante para los procesos judiciales que se investigaban en ese entonces, así como las operaciones orquestadas contra el ex Presidente Eduardo Frei Montalva.
Si bien el Ejército negó durante mucho tiempo lo ocurrido con el material, la institución realizó un sumario el 2015 que arrojó los primeros indicios y se estableció que no se dio cumplimiento a la reglamentación vigente sobre el tratamiento de dicha documentación, pero no hubo sumarios por encontrarse los responsables en situación de retiro.
En 2017 la organización Londres 38, a través de su presidenta Erika Hennings, presentó una querella criminal ante el Ministro Mario Carroza, en contra de quienes resulten responsables del delito de sustracción y supresión de documentos, así como de encubrimiento de homicidios y secuestros calificados.
Hay que señalar que en este caso son querellantes Londres 38, representados por la abogada Magdalena Garcés; la Democracia Cristiana, DC, a través del abogado Luciano Fouilloux; y Carmen Frei y su hijo Eugenio Ortega, representados por los abogados Francisco Ugás y Nelson Caucoto.
Estos últimos profesionales valoraron el fallo que da por acreditado el delito de infidelidad de custodia de documentos y señala a los partícipes del mismo, pero cuestionaron las bajas penas asignadas.
“Desgraciadamente este tipo penal tiene penas bajísimas, lo que queda reflejado con el beneficio de la libertad vigilada concedida. De otra parte se descubre y se deja en evidencia cómo el Ejército de Chile -en pleno período democratico- sigue actuando para asegurar la impunidad de sus agentes involucrados en crímenes de lesa humanidad, procediendo con una orden del comandante en jefe de la institución, señor Ricardo Izurieta Caffarena, a incinerar documentos en papel, archivos y microfilms y así evitar que se pudiera esclarecer las violaciones a los DD.HH.”, señaló el abogado Nelson Caucoto.
Asimismo, Caucoto destacó como “trascendental que el fallo deje establecido que se quemaron e hicieron desaparecer las carpetas donde se registraban las operaciones de inteligencia llevadas a cabo contra el ex Presidente Eduardo Frei Montalva. ¿Qué razones habría para justificar la destrucción de los antecedentes referidos al ex Presidente Fr..
